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6 contributions to THE LIDER GROUPS
Consulta sobre caso derivado pendiente ("Follow-to-Join") para dos menores de edad en la Embajada de EE. UU. en Santo Domingo.
Contexto del Caso: Una madre (Residente Legal Permanente) peticionó a su hijo mayor de 21 años y a sus cuatro nietos. Hace aproximadamente dos años, el hijo principal y cuatro de los nietos obtuvieron sus visas e ingresaron a los Estados Unidos como Residentes Legales Permanentes. El día de la entrevista consular, se agregaron al caso dos hijos menores adicionales (actualmente de 6 y 8 años), quienes quedaron pendientes. Hasta la fecha, se completó el formulario DS-260 para ambos menores y se subieron los documentos civiles a la plataforma del NVC; el único pago pendiente es la tarifa de la visa de $325.00 USD por cada uno. El pasado 24 de julio de 2026, a través de la oficina de un Senador de los EE. UU., se recibió una notificación de la Embajada de EE. UU. en Santo Domingo indicando que informáramos cuando estuviéramos listos para proceder con los casos de visado. Preguntas Específicas: 1. Estatus del caso: Dado que han transcurrido dos años desde que el beneficiario principal viajó, ¿es legal y técnicamente posible continuar con este caso derivado (Follow-to-Join)? ¿Existe riesgo de caducidad o sección 203(g)? 2. Pasos a seguir: ¿Cuáles son los pasos cronológicos exactos para reactivar el proceso? 3. Carga de Declaraciones de Soporte (Affidavit): Las formas I-864 e I-864A actualizadas, ¿deben subirse a la plataforma CEAC del NVC o presentarse físicamente el día de la entrevista? 4. Comunicación Consular: ¿Cuál es el canal oficial, correo electrónico, formato de Subject (asunto) y cuerpo del mensaje idóneo para responder a la Embajada en Santo Domingo? ¿Qué documentos de los niños se deben adjuntar? 5. Llenado de la Forma I-864: Si en la Parte 4 (página 3) se selecciona la opción "Sponsor for Family-Based Cases", ¿cómo debe llenarse la Parte 3 con respecto al beneficiario principal que ya reside en EE. UU. desde hace dos años? 6. Costos: ¿Cuáles son las tarifas oficiales del gobierno y el costo estimado de honorarios profesionales por este trámite?
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Gracias
Error de una letra en nombre del perfil de mensajería (Visa EE. UU. Guatemala)
¡Hola a todos! Tengo una consulta sobre un error tipográfico en el perfil del servicio de mensajería para una visa en Guatemala. Al crear el perfil se registró el nombre como: JESSICA ROXANA ALVARO ARRIAZA DE ORELLANA. Sin embargo, el nombre correcto según el pasaporte y el formulario DS-260 es: JESSICA ROXANA ALVARADO ARRIAZA DE ORELLANA (faltó el "AD" en el primer apellido). Dado que la plataforma no permite modificar el nombre directamente en el perfil, me gustaría saber: - ¿Se puede solicitar la corrección el día de la toma de huellas (VAC) o en la pre-entrevista consular? - ¿Es mejor aclararlo directamente el día de la entrevista con el cónsul? - Al estar correcto en el DS-260 y pasaporte, ¿se considera un error menor que no afecta en la cita? - ¿O es recomendable enviar un correo a [email protected] adjuntando copia del DS-260 y del pasaporte para que hagan el cambio antes? Agradezco mucho su orientación y experiencia si alguien ha pasado por algo similar. ¡Los leo!
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No. El formulario DS-260 esta correcto, es el perfil que se creo para sevicio de mensajeria
Affidavit usando Income Tax de Puerto Rico
Como se llama el formulario del departamento de hacienda de Puerto Rico, que se usa para llenar una affidavit form I-864 (Income Tax) y cuales formas se envian a National Visa Center
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PERO COMO SE LLAMA EL FORMULARIO
F2A - AJUSTE DE ESTATUS, VISA B1/B2
"Tengo una pregunta. Un residente permanente se casó en 2021 y, en noviembre de 2025, sometió una petición migratoria (Formulario I-130) para su esposa y sus dos hijos, quienes viven en la República Dominicana. La esposa tiene una visa B1/B2 desde hace varios años, la cual ha usado correctamente en sus múltiples entradas y salidas de Estados Unidos. El 31 de mayo de 2026, ella ingresó al país y ahora planea realizar un ajuste de estatus. Mi duda es: si ella solicita el ajuste de estatus, ¿los hijos derivados quedarían fuera del proceso o se debe someter un nuevo Formulario I-130? Asimismo, ¿cómo se le notifica a USCIS que ella cambiará el proceso consular por un ajuste de estatus? ¿Se puede utilizar el mismo recibo de aceptación de la I-130 vigente, permitiendo que Inmigración remueva de forma automática a los derivados?"
Aplicacion de visa de turismo
Buenas noches, si una familia de 5 personas de nacionalidad Dominicana, pero son residenteegal permanente de Peru, desean solicitar visa de turismo en Peru, cada uno de los integrantes papa y mama y los hijos, cada uno por separado debe llenar una forma DS-160. Gracias
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Dr.Sergio Rosa Ph.D
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@sergio-rosa-5051
Dr.Sergio Rosa Ph.D.

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Joined Dec 16, 2025
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